lunes, 30 de noviembre de 2009

LA ADOPCIÓN ES PARA EL NIÑO

¿Qué es la adopción?

Es la forma de dar al niño que ha perdido a sus padres lo que ha perdido: unos padres. Sólo cabe la adopción cuando el niño ha perdido lo que necesita: el padre y la madre. Por lo tanto, el único derecho que cuenta en materia de adopción es el del menor a tener el padre y la madre que ha perdido. La adopción no es un tema de adultos que desean tener niños, sino un asunto de niños que no tienen ya –por la razón que sea- a sus padres. Por eso, en principio, la adopción es darle al niño por ministerio de la ley lo que ha perdido: un padre y una madre.

Las anteriores consideraciones nos indican ya cual debe ser el régimen ordinario y preferente de la adopción: un mecanismo para crear una relación de filiación entre el niño sin padre ni madre y unos nuevos padre y madre que reciben los derechos y las obligaciones propios de la paternidad-maternidad en beneficio del menor. En la adopción no hay derechos ni intereses de los adultos a atender, sino derechos e intereses del menor a cuidar y proteger.

Honestamente nadie puede demostrar que en un caso concreto, para un niño específico, es mejor ser adoptado por dos varones o dos mujeres a título de padres conjuntamente, que ser adoptado por un padre y una madre. Por tanto, dado que con los niños no se deben hacer experimentos, lo razonable es que por medio de la adopción el niño recupere lo perdido: una madre y un padre.
Cierto es que existe legalmente la adopción por persona sola, pero creo que no es una buena solución con carácter general (se podría justificar cuando preexisten ya unas relaciones particulares e intensas entre adoptante y adoptado). Pero la adopción por parejas del mismo sexo es distinta a la adopción por persona sola y presenta características singulares y distintas a tener en cuenta.

La adopción conjunta por dos personas del mismo sexo supone privar a un niño en concreto de la referencia paterno-materna, para introducirle por decisión administrativa o judicial en un contexto relacional distinto radicalmente al que tenía antes de perder a sus padres y del que se deriva de la natural constitución bipolar hombre-mujer que contextualiza la paternidad-maternidad en la especie humana. ¿Es razonable hacer este experimento con un niño o niña en concreto? Creo que no. Los experimentos con gaseosa, como dijo Alvaro D´Ors; no con niños, por favor.
Benigno Blanco
Presidente del Foro Español de la Familia
(maDRID, 27 de Octubre de 2008, artículo publicado en el Global Henares)

viernes, 27 de noviembre de 2009

LA FORMA DE ARGUMENTAR DE JOSÉ BONO

La forma de argumentar de José Bono supone o un intento expreso de engañar o un inmenso fraude intelectual

“No es cierto que el debate actual no sea el de la penalización o no del aborto”.
Tampoco es cierto que la ley no configure el aborto como un derecho dado que deja en manos de la mujer la decisión de abortar sin límite alguno en las 14 primeras semanas de embarazo.

“En un análisis razonable el reconocimiento que hace el señor Bono, siguiendo la estela del Consejo de Estado, del fraude con que se viene aplicando la ley vigente debiera llevar a luchar contra ese fraude, no a legalizarlo. ¿Aplicaría el señor Bono su argumento al fraude fiscal a la defraudación de los derechos de los consumidores o a cualquier otra conducta existente que no respeta las leyes vigentes?”

El Foro de la Familia le ofrece al señor Bono una alternativa intelectualmente mucho mas seria: que la ley proteja siempre al no nacido y a la mujer embarazada.

Madrid, 26 de noviembre de 2009.- El artículo del presidente del Congreso de los Diputados José Bono publicado en el País de hoy sobre la nueva ‘ley del aborto’ supone un inmenso fraude intelectual y un objetivo engaño al lector que en el caso del presidente del Congreso no puede ser atribuido a ignorancia.
No vamos a entrar a juzgar por que no nos corresponde a nosotros la coherencia con la doctrina católica sobre el derecho a la vida de las afirmaciones del presidente del Congreso pero, si debemos decir que no reconocemos en las palabras del señor Bono ni asomo de la coherente defensa de la vida que hace de forma reiterada y expresa la jerarquía de la Iglesia Católica y de la que esta puede sentirse muy orgullosa en nuestros días.
El presidente del Foro Español de la Familia señala que: “no es cierto sin más que, como afirma Bono, el debate actual no sea el de la penalización o no del aborto. No es quien el presidente del Congreso ni el Gobierno para decidir ese debate en la sociedad española y el 17 de octubre en las calles de Madrid, dos millones de personas dijeron que para ellos este era el debate junto con el de la protección de la mujer embarazada. Gústele o no a Bono, millones de españoles han dicho recientemente, y con luz y taquígrafos, que éste precisamente será el debate hasta que en España la Ley no proteja al niño no nacido como al resto de los seres humanos”.
Además, Benigno Blanco apuntó que “es absolutamente falso que la nueva ‘ley del aborto’ vaya a proteger al nasciturus mejor que la actual, pues lo convierte durante sus primeras 14 semanas de vida en una verdadera “cosa”: indiferente para el Derecho y eliminable a voluntad. Si a esto Bono lo llama protección, es que no sabe lo que significa esta palabra en castellano”.
No es cierto que la nueva ley del aborto vaya a reducir el numero de abortos ni a proteger a la mujer pues ninguna ley que facilita una conducta reduce esta conducta en la vida social, sino todo lo contrario, incentiva su incremento; y, por otra parte, la nueva ley no contiene ni una sola medida de apoyo y protección a la mujer embarazada para que tenga alternativas al aborto.
Tampoco es cierto que la ley no configure el aborto como un derecho dado que deja en manos de la mujer la decisión de abortar sin límite alguno en las 14 primeras semanas de embarazo. Esa libertad de decisión es lo que jurídicamente se llama un derecho.
Benigno Blanco destaca que “en un análisis razonable el reconocimiento que hace el señor Bono, siguiendo la estela del Consejo de Estado, del fraude con que se viene aplicando la ley vigente debiera llevar a luchar contra ese fraude, no a legalizarlo. ¿Aplicaría el señor Bono su argumento al fraude fiscal a la defraudación de los derechos de los consumidores o a cualquier otra conducta existente que no respeta las leyes vigentes?”
El artículo del señor Bono no puede engañar a nadie: se inventa una ley que no es la que se debate en el Parlamento para intentar justificar esta. Esta forma de argumentar supone o un intento expreso de engañar o un inmenso fraude intelectual.
El Foro de la Familia le ofrece al señor Bono una alternativa intelectualmente mucho mas seria y solvente, jurídicamente más acorde con la Constitución, y mucho más justa con todos los bienes en juego en la cuestión del aborto: que la ley proteja siempre y en todo caso al no nacido como el ser humano que es y que proteja siempre y en todo caso a la mujer embarazada para que no quede abandonada ante el aborto y tenga alternativas basadas en la solidaridad activa en las administraciones de la sanidad publica y de la sociedad.